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Cobertura

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Desde 90,23 €/ año*, protege tu equipo ante cualquier imprevisto.

OBJETO DEL SEGURO

El seguro está dirigido a fotógrafos, tanto profesionales como aficionados, con equipos de cualquier marca. Pudiendo asegurar cámaras fotográficas, de video, objetivos, flashes y, opcionalmente, ordenadores siempre y cuando sean parte del instrumental fotográfico.

ÁMBITO DE COBERTURA:

Las coberturas de la presente póliza toman efecto desde el momento de la contratación de la misma.

COBERTURA 24 HORAS: Las coberturas de la presente póliza mantendrán su vigencia sin restricción horaria, ni de la localización de los objetos asegurados.

ASEGURADOS:

A los efectos de la activación del seguro referida en el apartado anterior, se considera Asegurado al Tomador del seguro que declara ser el propietario de los objetos asegurados, ampliándose la consideración de la figura de Asegurado a los siguientes supuestos.
– Los familiares de primer grado del Tomador del seguro, mayores de edad.
– Los socios del Tomador del seguro, en el caso que éste sea persona jurídica, cuando usen o tutelen los bienes asegurados, durante su actividad profesional.
– Los empleados en nómina del Tomador del seguro, en el caso que éste sea persona jurídica, cuando usen o tutelen los bienes asegurados, durante su actividad profesional.

COBERTURAS:

COBERTURAS GENERALES:
· Incendio, rayo y explosión
· Accidente del vehículo porteador
· Robo en cuadrilla
· Inundación
· Erupción Volcánica
· Terremoto
· Ciclones y borrascas frías intensas

COBERTURA POR ROBO:
El asegurador garantiza el riesgo de robo total o parcial, entendiendo por tal cualquier sustracción, por parte de persona ajena al bien asegurado, que comporte violencia física,  amenazas o la violación de la barrera o protección que separe a dicha persona de la mercancía sustraída ( vía pública, hotel y automóvil ).

COBERTURA POR ROTURAS: Las roturas tendrán cobertura por impacto o caida accidental. Las averias internas y ralladas  de los objetos asegurados carecen de cobertura.

TASACIÓN DE DAÑOS:

Los daños parciales se justipreciarán según el valor de nuevo en el mercado de los objetos asegurados en el momento anterior al siniestro, con el límite del valor asegurado. En caso de no existir igual modelo en el mercado, se tomará como base de valoración otro de similares características y prestaciones.
Cuando la valoración de las reparaciones previstas a cargo del seguro supere el 80% del valor venal del objeto asegurado, se considerará la avería como pérdida total constructiva.
La pérdida total, efectiva o constructiva, se indemnizará según el valor venal de los bienes asegurados, es decir, su valor una vez deducidas las depreciaciones por uso, desgaste y estado de conservación, tomando como referencia para ello el mercado de segunda mano. A los efectos del cálculo del importe de la indemnización por pérdida total, serán de aplicación las correcciones apuntadas a continuación:
– Cuando la pérdida total se produzca durante los dos primeros años, a contar desde la fecha de compra del objeto asegurado, la indemnización se hará por el valor de reposición a nuevo, con el límite de la suma asegurada.

Si la suma asegurada fuera inferior a la de reposición a nuevo de los objetos asegurados, la diferencia quedaría a cargo del propio Asegurado (mediante la aplicación de una regla proporcional), quien debería asumir el coste de la parte correspondiente al infraseguro existente. Dicha regla proporcional no será de aplicación en el caso de que la suma asegurada al inicio de la póliza se correspondiera con el valor de reposición a nuevo en aquél momento.
Si, por el contrario, la suma asegurada fuera superior al valor venal del objeto asegurado, la indemnización se hará de acuerdo con este último.
La indemnización máxima es la del valor venal de los objetos asegurados (excepto en el caso de pérdida total producida durante los cinco primeros años desde la fabricación del objeto asegurado), no pudiendo superar, en ningún caso, las sumas aseguradas.

FRANQUICIA

Dependiendo del valor del equipo asegurado.

MODIFICACION DEL EQUIPO ASEGURADO

Es habitual que con el paso del tiempo nuestro equipo vaya modificándose con nuevas incorporaciones y bajas de material por compra/ventas. Podrás modificar el equipo asegurado en cualquier momento, incluso modificando su valoración. Para añadir equipo deberás aportar la misma información que la primera vez (marca, modelo, nº de serie, importe, foto, factura y número de póliza), para las bajas solo deberás indicarlo que el material quieres que deje de estar cubierto (marca, modelo, nº de serie y número de póliza).
En cualquier momento se podrán realizar los cambios, no hace falta esperar al vencimiento de la póliza. En el caso de incremento al cliente le llegará un recibo con la diferencia a pagar, si el caso es por disminución de capital a asegurar, el decremento se reflejará en la anualidad del recibo.

OTRAS VENTAJAS

En caso de siniestro se garantiza el importe del equipo asegurado en póliza , (la cantidad declarada por el Tomador del seguro o el asegurado a la Entidad Aseguradora como valor del interés asegurado, que queda fijada en cada una de las partidas de la póliza, representa el límite máximo de indemnización a pagar por el asegurador, por todos los conceptos en caso de siniestro ). Es habitual que con el paso del tiempo nuestro equipo vaya modificándose con nuevas incorporaciones y bajas de material por compra/ventas. Podrás modificar el equipo asegurado en cualquier momento, incluso modificando su valoración.

Consúltenos: info@fotovideoseguro.es